Hoy entra en vigor un nuevo Reglamento de Seguridad de la Unión Europa (UE), que prohíbe llevar en el equipaje de mano, salvo excepciones que se señalan más adelante, los artículos siguientes:
Líquidos (incluido el agua y otras bebidas, además de sopas y siropes), perfumes, geles y champúes, pastas (incluida la de dientes), máscara de pestañas, cremas, lociones y aceites, sprays, aerosoles (incluidas espumas de afeitar, otros jabones y desodorantes), mezclas de líquido-sólido, y otros artículos de similar consistencia.
- Los pasajeros deben quitarse las chaquetas y abrigos, que pasarán por separado por el scanner, mientras ellos pasan por el arco detector de metal.
- Los ordenadores portátiles, y demás equipos electrónicos grandes también pasarán por separado por el scanner.
Estas restricciones afectan a todos los pasajeros y vuelos con salida (incluidos tránsitos) de aeropuertos de la Unión Europea (*), además de Islandia, Noruega y Suiza.
Las excepciones son las que se especifican a continuación:
1.- Se permite llevar en el equipaje de mano un número limitado elementos de aseo personal, en envases de 100 ml máximo por unidad. Estos envases deben ir depositados, holgadamente, en una bolsa de plástico transparente con cierre adhesivo o tipo cremallera, cuya capacidad no sea superior a un litro. En el control de seguridad, estas bolsas se tienen que presentar por separado del resto del equipaje de mano.
2.-Quienes viajen con bebés pueden llevar también leche para bebés o zumo; asimismo, en aquellos casos que sea necesario, se pueden llevar productos dietéticos, medicamentos (líquido, gel o aerosol), insulina y otras medicinas necesarias en cantidad suficiente para el vuelo, y de los que se debe presentar prueba de autenticidad en los controles de seguridad.
3.- También se permite adquirir este tipo de artículos en las tiendas de los aeropuertos comunitarios –siempre que sea en la zona accesibles sólo para pasajeros- o a bordo de un avión de la UE. Ahora bien, si se va a hacer tránsito en algún otro aeropuerto, esas compras deben ir en una bolsa sellada, que contenga el comprobante de compra, y debe mantenerse cerrada hasta destino final. Iberia entregará las ventas a bordo de líquidos, cremas y productos similares en bolsas selladas que cumplen con esta normativa.
[GADS_NEWS]Los artículos que no estén incluidos en las excepciones anteriores les serán retirados a los pasajeros en el control de seguridad.
Estas medidas no son de aplicación al equipaje facturado.
El Reglamento 1546/2006 de la Unión Europea incluye también que:
Las medidas incluidas en este Reglamento son similares a las que, en la actualidad, ya se están aplicando en los vuelos con salida desde los aeropuertos del Reino Unido, y en los vuelos con salida y destino los Estados Unidos.
*Los países que forman parte de la Unión Europea son Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, y Suecia.